mayo 21, 2026

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Aprueban con modificaciones proyecto de ley que endurece penas para abuso sexual en niños

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La Cámara de Diputados aprobó, con modificaciones, el proyecto de ley que modifica los artículos 128 y 135 del Código Penal, en relación con el abuso sexual en niños. Esta iniciativa, que volverá al Senado para su revisión, busca endurecer las penas para quienes cometan este tipo de delitos, en un esfuerzo por proteger a las víctimas más vulnerables y condenar con mayor firmeza estos actos.
El proyecto tiene como objetivo principal aumentar las penas para los responsables de abuso sexual en menores, con la esperanza de frenar el creciente número de casos y enviar un mensaje claro de rechazo a estas conductas. En este sentido, la diputada Rocío Abed (ANR-Alto Paraná), presidenta de la Comisión de Equidad Social e Igualdad de Derechos, destacó la importancia de este tipo de legislaciones. “Los constantes casos de abuso infantil son una terrible realidad que conmueve a todos”, afirmó Abed, señalando la necesidad de tomar medidas más severas ante esta problemática.
Por su parte, la diputada Dalia Estigarribia (PLRA-Central), presidenta de la Comisión de Niñez y Adolescencia, coincidió en la urgencia de las reformas. “Estas modificaciones van a otorgar más claridad y permitirán que los jueces actúen para que estos criminales estén tras las rejas el mayor tiempo posible”, manifestó Estigarribia durante el debate en la Cámara Baja.
Aumento de penas y nuevas causales
Uno de los cambios más significativos introducidos en el proyecto de ley es el aumento de la pena en los casos de abuso sexual infantil, que ahora podría llegar hasta los 28 años de prisión, dependiendo de la gravedad del delito. Además, se incorporan nuevas causales, como el abuso sexual en niños a través de medios tecnológicos, lo cual incluye comunicaciones electrónicas o cualquier otra tecnología utilizada para la transmisión de datos. Este tipo de delito será castigado con penas que van de uno a ocho años de prisión, según el grado de coacción o engaño.
Asimismo, se redefine el artículo 128, que trata sobre la coacción sexual y violación, ampliando su cobertura para incluir nuevas definiciones de “actos sexuales” y estableciendo penas más severas para aquellos que cometan estos crímenes. La coacción sexual a menores de 18 años, por ejemplo, podrá ser castigada con penas de tres a 15 años de prisión.
Protección reforzada a los menores
El artículo 135, que trata específicamente sobre el abuso sexual en niños, también fue modificado para aumentar las penas cuando el delito involucre maltrato físico o psicológico, múltiples agresiones, o cuando el abusador sea una figura de autoridad cercana a la víctima, como un padre, tutor o educador. En los casos más graves, cuando la víctima sea menor de diez años y el delito incluya el coito, la pena mínima será de 20 años. El proyecto de ley también contempla castigos más severos para los abusadores que utilicen armas, suministren drogas o alcohol a las víctimas, o registren los actos mediante fotografías o videos.
Finalmente, el proyecto propone la derogación de la Ley N° 6002/2017, en un esfuerzo por actualizar y unificar la legislación vigente en materia de protección a los menores. Con la aprobación en la Cámara de Diputados, el documento volverá al Senado para su consideración final.
Este avance legislativo representa un importante paso en la lucha contra la violencia sexual infantil en Paraguay, reforzando el compromiso del Estado en proteger a los menores y asegurar que los responsables de estos crímenes reciban condenas proporcionales a la gravedad de sus acciones.

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