febrero 18, 2025

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Bajo ninguna circunstancia se puede embargar el aguinaldo, recuerdan

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La ministra de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Mónica Recalde, advirtió a las entidades financieras y bancarias que bajo ninguna circunstancia el aguinaldo puede ser embargado en ningún momento del año y contó que el MTESS realiza una fuerte campaña para instar a las empresas a abonar el aguinaldo a sus empleados antes del 31 de diciembre, fecha tope establecida por ley.

Confirmó que funcionarios del ministerio ya empezaron a recibir las primeras llamadas para asesoramiento y cálculo del aguinaldo, por parte de trabajadores expectantes a este decimotercer salario.

Recalde manifestó que el aguinaldo es “inembargable” y no puede ser objeto de eventuales descuentos, pese a ser abonado en la misma cuenta bancaria que el salario. “No se puede tocar bajo ningún concepto”.

Buscando evitar este tipo de situaciones, desde la cartera de Estado ya vienen trabajando con el sector bancario, a fin de que “el dinero esté a salvo” y pueda ser blindado, para mayor tranquilidad de los trabajadores.

Recalde lanzó una advertencia a los bancos y reiteró que no se pueden aplicar descuentos en el aguinaldo, incluso posterior al 31 de diciembre. “No puede caerte ningún embargo, por más que tengas varios en espera, solamente sobre los salarios”.

La Superintendencia de Bancos realizará controles para desalentar estas prácticas irregulares, mientras que desde la Asociación de Bancos del Paraguay (Asoban) también asumieron el compromiso de cumplir con las disposiciones en este aspecto.

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