abril 14, 2026

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Definirán amonestar o no a Raúl Benítez por ofender a las madres de los colorados

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Durante la sesión extraordinaria de la fecha, se desató una discusión a partir de un malentendido sobre qué decisión tomaría la Municipalidad de San Lorenzo, respecto al predio ocupado actualmente por los bomberos voluntarios.

Inicialmente se habló de que los sacarían del lugar para instalar allí una seccional colorada o subseccional, sin embargo, esto fue desmentido por la administración municipal y por los legisladores de la ANR. Los bomberos tendrán un nuevo predio con tanque propio y el sitio que hoy ocupan será una oficina muncipal para trámites ciudadanos.

Sin tener certeza de la decisión, el diputado Raúl Benítez pidió dejar de lado los “negocios” e “intereses personales”. “Pero dejame de joder, karajo, hijos de puta”, afirmó, dirigiéndose a los colorados.

Ante esto, minutos más tarde, el diputado Rodrigo Gamarra solicitó aplicar una amonestación a Benítez, considerando la seguidilla de sesiones utilizadas para agraviar.

“No podemos seguir tolerando esta clase de actitudes del colega Raúl Benítez. Una persona sumamente irrespetuosa que desde el día uno hasta hoy no ha dejado de insultar una sola sesión a los colegas, especialmente a nuestra bancada y a nuestro partido. No hay una sola sesión que esta persona desubicada no pueda sostener un solo argumento sin insultos, insinuaciones y maltrato a los colegas”, expresó Gamarra.

Por su parte, la diputada Rocío Abde defendió a todas las madres, incluyendo a la del diputado Benítez. “Este colega maldeucadito que no pasa de ser un atajacartera, no le voy a decir hijo de puta, no tiene la culpa su madre de tener un hijo tan maleducado como este, él no pasa de ser la sombra de aquella exsenadora”, afirmó, en alusión a Kattya González.

El diputado pidió establecer la amonestación, en virtud del artículo 88 del reglamento interno, a fin de sentar un precedente a futuras agresiones de Benítez e inculcarlo a que comience a respetar.

El artículo 88 dice: La Cámara de Diputados a indicación del presidente o por moción de uno de sus miembros podrá amonestar a cualquier diputado, expulsarlo del recinto o excluirlo temporal de su seno, conforme el artículo 190 de la CN.

El artículo 190 establece que cada cámara redactará su reglamento. Por mayoría de dos tercios podrá amonestar o apercibir a cualquiera de sus miembros.

El pedido fue derivado a comisiones para su estudio, sin embargo, a petición de Rocío Vallejo, el estudio quedó fijado para dentro de ocho días, con el dictamen de las comisiones y la definición de amonestar o no a Benítez.

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