Esta propiedad, situada en la calle Las Palmas del Barrio Mbocayaty en Ñemby, es tristemente célebre por haber sido el lugar donde Cecilia Cubas fue secuestrada y asesinada por el grupo criminal EPP.
La orden de comiso, dictada el 1 de diciembre de 2006 por el Tribunal Colegiado de Sentencia de la Circunscripción Judicial de la Capital, contemplaba el comiso de varios bienes, incluyendo esta propiedad. Sin embargo, la resolución definitiva para la transferencia al Estado solo se materializó ahora, tras la firmeza de la sentencia y la tramitación correspondiente.
De acuerdo con el Artículo 88 del Código Procesal Penal, la propiedad de los bienes comisados pasa al Estado una vez que la sentencia queda firme, extinguiendo así los derechos de terceros sobre la misma. Además, la Ley N° 5876/17 establece que los bienes comisados deben ser administrados por la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (SENABICO), la cual se encargará de su gestión de manera eficiente y transparente.
En virtud de la ley, la SENABICO procederá a registrar oficialmente la propiedad y a mantenerla bajo administración estatal, cumpliendo con las medidas cautelares necesarias hasta la completa inscripción del bien. Esta medida asegura que la propiedad no pueda ser gravada ni vendida hasta que se completen todos los trámites legales pertinentes.
La magistrada Bogarín Fernández destacó que esta acción cumple con todos los requisitos legales para que el Estado tome posesión del inmueble, reforzando la importancia de la correcta administración de bienes comisados para evitar su uso indebido o pérdida.