septiembre 7, 2026

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MTESS recuerda que trabajar en feriado nacional debe pagarse con recargo del 100%

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El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) recordó a trabajadores y empleadores que, en caso de prestar servicios durante un feriado nacional, la normativa laboral vigente establece el pago de un recargo del 100% sobre el salario habitual de la jornada, lo que equivale al pago doble por el día trabajado.

Desde la institución aclararon que, cuando por la naturaleza de la actividad el trabajador es convocado a cumplir funciones en un feriado, el empleador está obligado a abonar dicho recargo, sin excepciones. Asimismo, enfatizaron que no está permitido compensar la jornada laboral en feriado con un día libre en reemplazo del pago adicional.

“El descanso en feriado no puede ser sustituido por un franco compensatorio. La compensación debe realizarse exclusivamente en dinero, conforme a lo dispuesto en la legislación vigente”, precisaron desde el MTESS.

El cumplimiento de esta disposición forma parte de las garantías establecidas para proteger los derechos laborales y promover condiciones de trabajo formal y digno en el país.

Para consultas, asesoramiento o denuncias, la ciudadanía puede acudir a la sede del Ministerio, ubicada en Herrera y Paraguarí, en Asunción, o comunicarse a la línea de WhatsApp (0993) 308 100.

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