El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social recuerda que las empresas que hagan trabajar a sus empleados los días feriados, 25 de diciembre y 1 de enero, deben abonar el doble del jornal diario, de acuerdo con las disposiciones del Código Laboral.
El Código Laboral paraguayo establece en su artículo 234 que las horas trabajadas en días feriados serán pagadas con un recargo del 100% sobre el salario hora ordinario de día hábil.
En caso de que el empleador no pague por el feriado trabajado, el trabajador puede hacer su denuncia en forma presencial en la sede del Ministerio de Trabajo, situada en la calle Luis Alberto de Herrera esquina Paraguarí, Asunción.
Así también, se pueden hacer las denuncias en las oficinas regionales del interior del país.
Otras vías habilitadas son denuncias online o mediante llamada al 021 7290100 int 133 o a línea de WhatsApp 0993 308 100.